El Gobierno Nacional introducirá una serie de cambios en la Ley Nacional de Tránsito.
Las modificaciones, anticipadas por el vocero presidencial, Manuel Adorni, entrarán en vigencia cuando se publiquen en el Boletín Oficial.
Estás son los puntos principales:
● Se modificarán los plazos para la Revisación Técnica Obligatoria (RTO), también conocida en algunas jurisdicciones como Verificación Técnica Vehicular (VTV). A partir de la nueva normativa, los autos particulares nuevos deberán someterse a la primera revisión técnica a los cinco años desde su alta como cero kilómetro. Además, los vehículos con más de diez años de antigüedad deberán realizar esta verificación cada dos años. Los autos de uso comercial, en tanto, deberán hacer la revisión cada dos años una vez vencido el segundo año desde su alta. Este cambio en los plazos también contempla una mayor flexibilidad en cuanto a los lugares habilitados para realizar las verificaciones: las RTO y VTV podrán ser efectuadas tanto en concesionarias oficiales como en talleres privados registrados ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Las provincias tendrán que decidir si adhieren a esta modificación.
● El proceso de verificación técnica también se descentralizará, permitiendo que los conductores puedan realizar la RTO en concesionarias y talleres habilitados, sin necesidad de acudir a dependencias estatales nacionales o provinciales.
● Se modificará el sistema de peajes en las rutas nacionales. El actual sistema de cabinas será reemplazado por un modelo sin barreras, lo que promete agilizar el tránsito y mejorar la experiencia de los conductores en las rutas.
● Una de las reformas más importante tiene que ver con la homologación de vehículos. Se facilitará, de esta manera, la importación de autos por particulares, tal como adelantó ARodarPost (Ver nota). Hasta ahora, los vehículos de serie nuevos debían someterse a dos trámites: la obtención de la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), emitida por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), que debía gestionarse ante la Subsecretaría de Medioambiente. Con la nueva normativa, se simplificará el proceso y se implementará una homologación semiautomática para todos los modelos fabricados bajo normas internacionales. De esta forma, vehículos producidos en mercados como Estados Unidos, Europa, Japón y Corea del Sur podrán ingresar a Argentina con un trámite sencillo que acredite las certificaciones internacionales correspondientes.
● Se habilitará la importación de autopartes sin la necesidad de la Certificación de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS), lo que permitirá reducir los costos de los repuestos.
● Se eliminará de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LINTI), conocida como el “Registro Moyano”. En su lugar, serán las jurisdicciones provinciales las encargadas de otorgar las licencias profesionales interjurisdiccionales de categorías C, D y E para los conductores de transporte de pasajeros. Asimismo, se habilitará a entidades públicas y privadas a dictar cursos de capacitación, siempre que estén debidamente habilitadas por la ANSV.
● El cambio de domicilio en el Documento Nacional de Identidad (DNI) ya no invalidará la Licencia de Conducir, la cual seguirá siendo válida hasta su fecha de vencimiento. Sin embargo, la posibilidad de que las licencias particulares de conducir no tengan vencimiento, como inicialmente había planteado el Gobierno, quedará para un futuro paquete de reformas.● Se contemplará la incorporación de los vehículos autónomos a la Ley Nacional de Tránsito. Aunque esta medida no tiene un impacto inmediato, sienta las bases para la futura integración de esta tecnología en el parque automotor nacional, cuando sea seguro y viable su uso.